sábado, octubre 18, 2008

Sentencia Tribunal Supremo contra Ayuntamiento de El Herrumblar

El Fallo del Tribunal Supremo afirma que "....el derecho del recurrente a ser resarcido por el
Ayuntamiento de El Herrumblar en la cantidad de 360.000 €, más los intereses, en su caso, a que se refiere el artículo 106.2 de la Ley de la Jurisdicción..."""..

Era una total desconocida para los vecinos de nuestro pueblo. Nadie sabie donde estaba o donde se escondía, ni si quierea que existía, pero finalmante la labor de algunos conciudadanos ha descubierto el documento condenatorio.

Nunca he sido de números, bueno, y tampoco de letras, pero lo que si me enseñaron muy bien es a leer y comprender lo que leo. Por ello, esos intereses, que fija el artículo 106.2 de la llamada Ley de los Jueces (el el argot judicial), no son equiparables con los que te aplica "Nuestro banco" cuando solicitas una "Subprime" para la casita del poble.

Para dejar todo más claro vamos a repasar los números:

Condena pecuniaria:...............................................................360.000 €
Interes: (20% anuales) . 10 años.........................................360.000 €
Honorarios en abogados y procuradores: min:...................... 5.000 €
. TOTAL: 725.000€
........................................................... .aprox. 120.000.000 ptas

725.000 que tendremos que pagar todos y cada uno de los vecinos y visitantes de este nuestro pueblo mediante las pocas fórmulas tributarias que los Ayuntamientos tienen en su poder. Simplificando el procedimiento y el proceso de asignación las cuentas salen así:

Deuda:....................................... 725.000 €uros
Vecinos empadronados: .........752 (INE. Enero 2008)
Participación por vecino:....... 964 € por vecino.

Conclusión:

Dichosos aquellos que tenemos tres o cuatro vehículos.
Dichosos aquellos que depositamos nuestras basuras en los contenedores.
Dichosos aquellos que tenemos vivienda en El Herrumnblar.
Dichosos (los muchos) aquellos que poseemos tierras en el termino municipal.
Dichosos aquellos que poseen licencia de actividades económicas.
Y en general, dichosos todos aquellos que viven, comen, trabajan y se divierten en El Herrumblar. Dichosos seremos todos porque pagaremos la incompetencia de algunos varios.


"Y si alguien no se lo cree que baje Dios y lo vea"

Para ver la Sentencia completa clikea en el link:
http://idluam.es/files/noticias/jurisp/recurso9881-2003.pdf


No hay comentarios: